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Mecanismo ajuste costes producción para reducción del precio eléctrico

En este artículo vamos a tratar de explicar el mecanismo conocido como “Tope del gas”, que el Gobierno ha aprobado el pasado 13 de mayo de 2022 en el Real Decreto-ley 10/2022. Esta medida viene a unirse al paquete que el Gobierno ha ido sacando para intentar hacer frente a la subida de los precios energéticos y ha comenzado a aplicarse de forma efectiva en el mercado mayorista de electricidad desde el 15 de junio de 2022 y como máximo estará vigente hasta el 31 de mayo de 2023.

¿ Qué es un “Tope”?

Lo primero que tenemos que aclarar es que el mecanismo aprobado no es exactamente un tope al precio del gas, técnicamente se define como mecanismo de ajuste a los costes de producción. Las centrales de ciclo combinado, que utilizan como combustible gas natural, son las que habitualmente marcan el precio horario al que se intercambia la energía en el mercado mayorista, la intención de este mecanismo es reducir el precio al que esas centrales venden su energía. Para ello se obliga a que reduzcan el importe del precio de su oferta de venta de la electricidad en función de la diferencia de un precio de referencia al que cada día se intercambia el gas natural y un precio de referencia aprobado en el RDl, que viene a ser un precio por encima del cual el mecanismo debe empezar a actuar.

De esta manera si el precio del gas natural que utilizan para generar electricidad sube, estas centrales también subirían el precio de venta de la electricidad, pero con este mecanismo de ajuste lo que tienen que hacer es restar a su precio de venta normal la diferencia antes mencionada, reduciendo así el precio final al que están dispuestas a vender la energía. Como puedes ver, el mecanismo no es un tope, es un incentivo económico para reducir el precio de venta, pero no tiene un límite por arriba.

¿Por qué se consigue disminuir el precio de la electricidad?

Así, al conseguir que las centrales que marcan el precio mayorista oferten más baratas, se consigue que el precio baje, el precio del famoso Pool, sin embargo, la aplicación de este mecanismo debe ser financiada. Lo que se está evitando es que productores con costes más bajos, como centrales hidráulicas, nucleares o renovables reciban un importe al mismo precio que las centrales que venden más caras, sin embargo, estas centrales caras sí deben hacer frente a unos costes elevados, ya que su materia prima, el gas, está excepcionalmente caro.

¿Sobre quién recae el coste de esta medida?

Por supuesto la disminución del precio de venta de estas centrales tiene que ser compensado en la misma cuantía que estos productores están disminuyendo el precio. Y según el RDl, este coste debe ser asumido por la demanda peninsular, cuyo precio se haya visto beneficiado por este mecanismo, es decir, que tenga un contrato cuyo precio de referencia sea el que sale del mercado mayorista hora a hora, los conocidos como contrato indexados, o tenga un precio fijo cuyo precio de referencia tenga ya interiorizado esta rebaja en el precio mayorista que potencialmente logra esta medida, en este caso el RDl hace mención a las ofertas a partir del 26 de abril de 2022.

¿Cómo va a liquidar Etergy Energía esta medida?

Etergy va a trasladar este coste regulado de una forma transparente y justa a los contratos indexados al precio mayorista y a los contratos a precio fijo cuya oferta sea igual o superior al 26 de abril de 2022, y cuyo suministro se encuentre en la península. Para ello se va a incluir una línea en la factura (“RDl 10/2022 – Mecanismo Ajuste Costes”) para los tramos contenidos dentro de la vigencia de la medida, donde se detalla la energía a la que aplica la medida, el precio, obtenido de los datos públicos de Red Eléctrica de España (REE) y el importe que supone.

 


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