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La factura de la luz en 2024: así cambian los impuestos

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Te informamos de los cambios más significativos de aplicación a los clientes durante el próximo año 2024, con la publicación en el BOE del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía:

IVA reducido:

Será de aplicación desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2024 el tipo reducido del 10 por ciento del IVA que recae sobre todos los componentes de la factura de las entregas de electricidad, en lugar del tipo del 5 por ciento aplicable hasta 31 de diciembre de 2023. También será de aplicación el tipo reducido del 10 por ciento a las entregas de gas natural desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2024 (después de esta fecha, volvería al 21%)

  • Electricidad (hasta 10 kW): tipo reducido del 10% desde el 1 de enero de 2024.
    El IVA del precio de la luz subirá del 10% al 21% en marzo,
    como consecuencia de la caída del precio del megavatio hora (MWh) por debajo de los 45 euros.
  • Gas natural: tipo reducido del 10% durante el primer trimestre 2024.

IEE Impuesto Especial sobre la Electricidad  reducido:

El tipo impositivo del Impuesto Especial sobre la Electricidad se fijó en el 0,5 por ciento, hasta el 31 de diciembre de 2023.   Durante el primer trimestre el 2024 el tipo impositivo del Impuesto Especial sobre la Electricidad se fija en el 2,5 por ciento y durante el segundo trimestre en el 3,8 por ciento.  Pasadas esas fechas de 2024, volvería al tipo general del 5.11%.

  • Tipo del 2,5% durante el primer trimestre 2024.
  • Tipo del 3,8% durante el segundo trimestre 2024.    

IVPEE Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica:

El  Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica (IVPEE) (suspendido desde 2021) tendrá un tipo del 3,5% hasta marzo, pasando a tener un 5,25% hasta junio.

TUR gas CCPP:

  • Se prorroga hasta 30/06/2024 a las CCPP de hogares que hayan estado acogidos a la tarifa temporal en algún momento del cuarto trimestre de 2023.
  • Quedan excluidas aquellos consumidores que a 1 de octubre de 2023 no hubieran instalado los repartidores de costes o contadores individuales de calefacción y que tampoco hubieran enviado la declaración responsable incluida en la disposición adicional tercera de la Orden TED/1072/2023, de 26 de septiembre.


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